El impacto de la tecnología en un estudio de abogados

El impacto de la tecnología en un estudio de abogados

En la actualidad, no se pueden negar los cambios de orientación tecnológica ocurridos recientemente. Como una carrera contra el tiempo, desde el inicio de la pandemia provocada por el coronavirus (COVID-19), todas las empresas del mundo han puesto en marcha la digitalización de sus procesos y la implementación del trabajo remoto de sus colaboradores, a fin de poder continuar con sus actividades.

 

En nuestro país en particular, el trabajo remoto fue una de las primeras medidas incentivadas por el Estado con la finalidad de prevenir la propagación del Coronavirus, que conforme al Decreto de Urgencia N° 026-2020, pudo ser aplicado tanto por parte de los empleadores del sector público, como por los del privado de manera unilateral. De esta manera, habiéndose decretado el Estado de Emergencia Nacional el pasado 15 de marzo del 2020, la mayoría de las empresas y entidades públicas de diversos sectores se vieron obligadas a implementar el trabajo remoto con el objetivo de continuar sus operaciones; en este sentido, el sector jurídico no fue ajeno a la ya mencionada transición.

 

Si bien esto no representó un cambio de gran envergadura para estudios jurídicos que aplicaban con éxito el “teletrabajo” desde la época anterior al inicio del confinamiento en el Perú, constituyó un reto difícil, pero fructífero, para los estudios jurídicos que debían mantener un trabajo conjunto a entidades públicas como el Poder Judicial, Ministerio Público y Tribunal Fiscal, dado que sus procedimientos se mantuvieron supeditados, en gran parte, a labores presenciales.

 

En el caso específico del Poder Judicial, las herramientas desarrolladas con anterioridad a la pandemia, que se adoptaron exitosamente por los abogados y estudios jurídicos fueron claves para el reinicio de las labores judiciales. Así se demostró que, por ejemplo, la obligatoriedad del uso de la casilla electrónica (dispuesta a través de Ley Nº 30229 en el año 2015), la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y de la mesa de partes electrónica (Resolución Administrativa Nº 041-2018-CE-PJ), fueron elementos de gran importancia para el reinicio de los procesos judiciales esta vez de manera remota. Asimismo, a fin de reiniciar las labores fue necesario que el Poder Judicial se sirva de más herramientas tecnológicas, tales como Google Hangouts Meet, para la celebración de audiencias virtuales con las partes procesales (implementado por Resolución Administrativa Nº 000173-2020-CE-PJ) y Google Workspace para la comunicación interna y gestión de los documentos procesales.  En la misma línea, la creación de nuevas plataformas como el “Módulo de Atención al Usuario – CSJLI” – MAU (Resolución Administrativa Nº 000220-2020-P-CSJLI-PJ) y la reactivación del aplicativo “El Juez te escucha” (Resolución Administrativa Nº 375-2019-CE-PJ), entre otros.

 

En el sector privado, los estudios jurídicos, al igual que muchas empresas de servicios profesionales, debieron replantear sus procedimientos internos con la finalidad de compatibilizarlos con el trabajo remoto. En consecuencia, el área de TI asumió un rol fundamental en la empresa, dada su estrecha relación con la implementación y mantenimiento de los servicios para el buen funcionamiento bajo esta modalidad. También, con el fin de viabilizar el trabajo remoto, muchas empresas iniciaron la digitalización de sus documentos, pues para un estudio de abogados la correcta administración de documentos permite el archivo, la organización, consulta y actualización de los expedientes.

 

Teniendo en cuenta que los primeros meses del estado de emergencia era materialmente imposible desplazar escritos e ingresarlos por mesa de partes físicas debido a que éstas no se encontraban habilitadas, se hizo necesario intensificar el uso de la firma electrónica, práctica que le otorga autenticidad a los documentos para su trámite y se constituye como una herramienta valiosa para los abogados, que como profesionales del derecho dependen de su firma para validar su gestión.

 

A manera de conclusión se podría decir, que si bien los servicios tecnológicos no sustituyen completamente las actividades presenciales; han demostrado ser útiles, por lo cual se hace necesario evaluar su continuidad incluso una vez acabada la pandemia. Por ello, es preciso que los operadores del derecho se adapten al uso de estas nuevas herramientas en el sentido más darwiniano posible.